miércoles, 19 de septiembre de 2007

ELEMENTO MATERIAL PROBATORIO Y EVIDENCIA FISICA (C.P.P.)

E.M.P. y E.F. según ley 906 de 2004




Es cualquier objeto relacionado con una conducta punible que puede servir para determinar las circunstancias reales de tiempo, modo y lugar en las que el hecho se realizó, y que deberá someterse al régimen de cadena de custodia que controla la policía judicial para garantizar su preservación desde la indagación, inclusive hasta que culmine la acción de revisión.














Articulo 275 Codigo de Procedimiento Penal




Huellas, rastros, manchas, residuos, vestigios y similares, dejados por la ejecucion de la actividad delictiva.




Armas, instrumentos, objetos y cualquier otro medio (…)




Dinero, bienes y otros efectos (...)







Los elementos materiales descubiertos, recogidos y asegurados en desarrollo de diligencia investigativa de registro y allanamiento, inspeccion corporal y registro personal.
Los documentos de toda índole (…)










RECOLECCIÓN, EMBALAJE Y ROTULADO DE E.M.P. Y E.F.







RECOLECCIÓN:
Es el levantamiento de los elementos probatorios en el lugar de los hechos siguiendo los protocolos establecidos.









EMBALAJE:




Es la forma adecuada de empacar o guardar la evidencia física, evitando su contaminación, deterioro o destrucción, para lo cual se debe utilizar un contenedor adecuado según la evidencia.






ROTULADO:




Tiene como objeto identificar y reseñar todos los aspectos de tiempo, modo y lugar relacionados con los elementos probatorios.













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